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Diputada y su esposo demandan por RD$100 millones a Eduardo Sainz- Hilaire y Alofoke Media Group

La querella es por presunta difamación e injuria

SANTO DOMINGO.- La diputada por Santo Domingo Oeste, Leyvi Eduvigen María Bautista Gomera y su esposo Lugel Gasilie Guelie (Jean Claude) interpusieron este martes una querella penal con constitución en actor civil en la que reclaman una indemnización de RD$ 100 millones contra el comunicador Eduardo Alberto Sainz- Hilaire Ramírez y Alofoke Media Group.

Los querellantes alegan daños y perjuicios por presunta difamación e injuria en contra de la pareja de esposos.

La acción fue depositada ante la Fiscalía del Distrito Nacional contra Saint-Hilaire Ramírez, a quien acusan de emitir declaraciones falsas y ofensivas a través del programa “Esto No es Radio Show”, transmitido por radio y plataformas digitales.

La querella también incluye como terceros civilmente responsables a las empresas Alofoke Media Group, Corp. y Alofoke Music, S.R.L., propiedad del influencer Santiago Matías, por ser la plataforma donde se difundieron los supuestos señalamientos.

El proceso fue presentado en el Departamento de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología del Ministerio Público, donde los querellantes entienden que el imputado realizó, de manera reiterada, afirmaciones difamatorias durante su participación en el mencionado espacio radial.

Según el documento, Saint-Hilaire Ramírez habría acusado a Lugel Gasilie Guelie de formar parte de una supuesta red criminal dedicada al contrabando, narcotráfico y tráfico de armas, incluso atribuyéndole un rol de liderazgo dentro de dicha estructura.

Asimismo, sostienen que las declaraciones también afectaron a Eduviges Bautista Gomera, al vincularla indirectamente con actividades ilícitas.

Los denunciantes aseguran que estas imputaciones carecen de sustento probatorio y han causado daños significativos a su honor, reputación e imagen pública, además de repercusiones familiares, sociales y económicas, incluyendo afectaciones a sus hijos menores de edad.

La querella indica además que, tras la difusión del contenido, algunos de los materiales audiovisuales fueron eliminados de plataformas digitales, lo que evidenciaría la gravedad de las afirmaciones realizadas.

El caso se fundamenta en los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, que sanciona la difamación a través de medios electrónicos con penas de prisión y multas.

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