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Tres meses de prisión preventiva para Masha y otras personas por porte ilegal de armas de fuego

SANTO DOMINGO.-Una jueza de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso este lunes tres meses de prisión preventiva contra tres personas arrestadas el pasado 9 de mayo mientras se desplazaban en una yipeta por la avenida Mella, en el sector Andrés, municipio Boca Chica, portando dos armas de fuego de manera ilegal.

La medida de coerción fue dictada contra Alexander Martínez Nolasco, de 18 años; Karla Julisa Rodríguez y Ashley Mariel Sánchez Victorino, conocida artísticamente como “Masha”, ambas de 19 años de edad.

Los imputados deberán cumplir la prisión preventiva en los centros de corrección y rehabilitación Najayo Hombres y Najayo Mujeres, en la provincia San Cristóbal.

Según la solicitud presentada por el Ministerio Público, las armas fueron ocupadas dentro de una yipeta Honda CRV, color blanco, conducida por Rodríguez, quien se encontraba acompañada por Sánchez Victorino y Martínez Nolasco al momento del arresto.

Durante la requisa al vehículo, las autoridades ocuparon dos pistolas calibre 9 milímetros, ambas marca Glock. Una de las armas contenía su cargador con cuatro cápsulas, mientras que la otra fue encontrada sin cargador. Además, en el área de la palanca de cambios fue hallado un cargador negro con capacidad para 30 cápsulas, conteniendo en su interior diez municiones.

La fiscal Zayra Soton, del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía de Santo Domingo Este, estableció en la solicitud de medida de coerción que los imputados incurrieron en violaciones a los artículos 43-B, 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Durante la audiencia, el fiscal litigante Tito Oseas González Ramírez presentó diversas pruebas documentales, testimoniales y materiales que, según el Ministerio Público, vinculan a los procesados con el caso.

La jueza Karen Casado Minyety acogió la solicitud del órgano persecutor tras valorar las evidencias aportadas durante el conocimiento de la medida de coerción.

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