CÓDIGO INFORMATIVO, REDACCIÓN INTERNACIONAL.- La decisión judicial que condena a siete años de reclusión al adolescente de 15 años que en junio disparó contra el senador y precandidato presidencial Miguel Uribe —quien falleció a mediados de agosto— ha generado cuestionamientos y críticas por la aparente benevolencia de la sanción.
De acuerdo con la Fiscalía, el joven deberá cumplir su condena en un centro de atención especializada para menores. Fue procesado bajo la jurisdicción penal juvenil por los delitos de tentativa de homicidio y porte ilegal de armas.
Sin embargo, la legislación colombiana establece que, una vez aceptados los cargos por parte de un menor, no es posible modificarlos, lo que impidió que la justicia lo procesara por homicidio consumado tras la muerte del legislador. Esta limitación legal derivó en que la pena máxima aplicable sea de apenas siete años, muy por debajo de lo que correspondería en un tribunal de adultos.
La sentencia reabre el debate sobre las lagunas legales y las penas reducidas en el sistema de responsabilidad penal juvenil en Colombia, en casos donde las víctimas son figuras públicas y los delitos de extrema gravedad.